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Arraigo Para la formación

El arraigo para la formación se refleja en las recientes actualizaciones que el gobierno español ha presentado en sus esfuerzos por establecer una política migratoria más efectiva, focalizada en regularizar la situación de inmigrantes en el país. En consonancia con las disposiciones del BOE núm. 179, emitido el 27 de julio de 2022, se ha implementado una nueva medida destinada a facilitar la integración de individuos inmigrantes en el ámbito laboral, a través del programa de arraigo para la formación. Esta opción de residencia ha estado disponible para solicitudes desde mediados de agosto de 2022.

Tipos de Arraigos en España

Arraigo Familiar

Residencia por Circunstancias Excepcionales

Arraigo Laboral

Circunstancias Excepcionales para irregulares en España

Arraigo para la Formación

Personas irregulares en España que quieren estudiar

Arraigo Social

Personas que viven en España de forma irregular

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Arraigo para la formación en España

Se trata de un permiso temporal de residencia que otorga la Oficina de Extranjería en situaciones especiales, dirigido a extranjeros que se encuentren en el país y hayan permanecido de manera continua durante un período de dos años. Este permiso posibilita obtener la autorización para realizar un programa formativo, condicionando la obtención del permiso de residencia y trabajo a la finalización exitosa de dicho programa y a la presentación de un contrato laboral.

Diferencia entre el arraigo para la formación y el resto de arraigos en españa

Históricamente, en las normativas de extranjería, se contemplaban el arraigo social, laboral y familiar y ahora el arraigo para la formación. Estos procedimientos se destinan a extranjeros en situación irregular en España, generalmente por un periodo mínimo específico siendo ésta una de las diferencias, cada tipo de arraigo se aplica según el vínculo específico que el extranjero establece con España, y las ventajas asociadas difieren en consecuencia.

comparación de arraigos en España

Requisitos del Arraigo para la formación

Igual que con cualquier otro permiso de residencia, es necesario llenar el formulario de solicitud asignado (Modelo EX-10) y proporcionar un pasaporte válido junto con una copia completa. Además de estos documentos estándar, la solicitud del arraigo para la formación requiere cumplir con tres requisitos fundamentales.

Residencia continuada en España de 2 años

Será esencial evidenciar la residencia continua en España, específicamente durante los dos años anteriores a la solicitud. Puedes respaldar esta prueba mediante el certificado de empadronamiento o tu pasaporte.

Carencia de antecedentes penales

Es necesario evidenciar la ausencia de antecedentes penales, tanto en España como en cualquier otro país donde hayas residido en los últimos 5 años. No obstante, no será requerido presentar el certificado de antecedentes penales si has presentado una solicitud de residencia anteriormente o si has permanecido en España de manera continua durante 5 años. Es importante recordar que documentos oficiales de países extranjeros, incluido este, deben estar traducidos y contar con reconocimiento legal en España.

Compromiso de Formación

  1. Formación reglada para el empleo o la obtención de un certificado de profesionalidad.
  2. Educación orientada a obtener la certificación técnica o habilidades necesarias para un trabajo específico, ofrecida por los Servicios Públicos de Empleo o relacionada con ocupaciones del Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura.
  3. Participación en cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades profesionales, o enseñanzas propias de la formación continua universitaria.

Para cumplir con este requisito, la matriculación en el programa formativo debe realizarse dentro de los tres meses posteriores a la notificación de la concesión de la autorización de residencia. Además, es esencial haber pagado la tarifa correspondiente al procedimiento administrativo.

Detalles sobre la formación a realizar para el Arraigo y los tiempos

El extranjero debe comprometerse

  • Realizar una formación para el empleo, y ésta debe ser reglada para el empleo o la obtención de un certificado de profesionalidad.
  • A conseguir una certificación oficial de cualificaciones profesionales que esté dentro del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral.
  • Iniciar una formación que permita conseguir una certificación de aptitud técnica
  • Completar una habilitación profesional necesaria para poder ejercer en una ocupación específica

Detalle de los tipos de curso par ael compromiso

  • Formación reglada perteneciente al Sistema de Formación Profesional
  • Formación para obtener una certificación de aptitud técnica
  • Formación impartida por universidades, como un Máster
  • Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo
  • Formación para obtener microcredenciales
arraigo para la formación

Detalles del Curso

En caso de no realizar la matriculación en el plazo establecido, es imperativo informar a la oficina de extranjería, de lo contrario, el arraigo quedará extinguido.

El curso puede ser completamente presencial o una combinación de modalidades presencial y telemática.

Recientemente, se ha permitido realizar cambios de curso sin notificación a las autoridades, siempre y cuando el nuevo curso esté dentro de la misma familia profesional. En caso de pertenecer a otra familia profesional, es necesario notificar a la Oficina de Extranjería y solicitar la autorización para el cambio.

Procedimiento para solicitar el Arraigo para la Formación

Cómo presentar la solicitud

Los interesados en el arraigo para la formación tienen la opción de solicitar su permiso de manera digital a través de la Plataforma Mercurio o de manera presencial, previa cita, en la Oficina de Extranjería correspondiente a su lugar de residencia. Para llevar a cabo la solicitud en línea, es esencial disponer de un certificado electrónico válido.

La solicitud debe ser presentada personalmente por el solicitante extranjero, o a través de su representante legal en el caso de ser menor de edad o estar incapacitado. Como novedad, se permite que cualquier extranjero que cumpla con los requisitos y tenga al menos 16 años solicite el permiso de arraigo para la formación. No es necesario ser mayor de edad para realizar este trámite.

Oficinas de Extranjería en España

Oficinas de Extranjería en España

Instrucciones SEM 1/2022 sobre el Arraigo para la Formación

Documentación Requerida para la Solicitud de Permisos de Residencia de Arraigo para la formación

Es uno de los procesos migratorios que exigen menos documentos a los solicitantes

Todo documento extranjero debe estar traducido al español y debidamente apostillado.

Solicitud Ex10

Es el documento de extranjería para solicitar los Arraigos en España Planilla EX-10

Antecedentes Penales

Se solicitandel país de origen y donde se ha vivido los últimos 5 años

Pasaporte completo

Se necesita todo el pasaporte incluida paginas sin sello y debe estar en vigor

Demostración de Residenca en España

Se pueden considerar documentos relacionados con el empadronamiento, registros médicos en la sanidad pública

Compromiso de realizar formación

Detallado en el formulario oficial de solicitud o en una declaración escrita.

Momento para presentar la matrícula

Dentro de un plazo de tres meses a partir de la notificación que indica la concesión de la autorización, el solicitante debe proporcionar la documentación que confirme su inscripción. Si la matriculación está sujeta a plazos específicos, deberá presentar evidencia de la inscripción en la Oficina de Extranjería en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de dicho periodo establecido.

Arraigo por formación ¿Se puede trabajar?

Una vez completada exitosamente la formación, el estudiante puede solicitar un permiso de trabajo y residencia. Para esto, debe demostrar haber culminado satisfactoriamente la formación y presentar un contrato laboral que garantice un salario al menos equivalente al salario mínimo interprofesional. En estos casos, se otorgará una autorización válida para trabajar durante un período de dos años.

El contrato laboral debe estar directamente relacionado con la formación recibida y verificada durante el proceso de arraigo. Es esencial destacar que aquellos extranjeros que busquen este tipo de arraigo sólo podrán modificar su estatus migratorio a través de un permiso de trabajo y residencia una vez que la formación haya sido aprobada y completada.

Preguntas Frecuentes relacionadas con el Arraigo por Formación

Para solicitar este permiso de residencia por motivos de formación, se requiere haber residido en España durante un período de dos años. A partir del tercer año, es necesario mostrar disposición para iniciar un programa formativo presencial con enfoque en el empleo.

La formación necesaria para poder pedir la autorización de residencia por arraigo para la formación tiene que ser, mínimo, de 200 horas

200 horas (45 días). 300 horas (65 días).

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