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Autorización de Regreso

La Autorización de Regreso es un documento requerido para los extranjeros que desean regresar a España después de haber salido del país. La solicitud de Autorización de Regreso debe presentarse a través de la Oficina de Extranjería de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, y los extranjeros deben cumplir con los requisitos establecidos por la Ley de Extranjería. Si desea obtener más información sobre el trámite de Autorización de Regreso, los requisitos necesarios, los documentos requeridos y las mejores prácticas para presentar una solicitud, este artículo es para usted.

Tabla de contenidos

¿Cuándo se puede solicitar un permiso de retorno a España o autorización de regreso?

Si tienes una Autorización de Residencia o Estancia vigente en España o estás realizando los trámites de renovación o prórroga de la autorización, o si tienes una Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y necesitas reponerla, puedes solicitar una Autorización de Regreso.

Esta Autorización de Regreso te permitirá regresar a España si hay una situación de necesidad y razones excepcionales.

La solicitud de la Autorización de Regreso se realiza a través de la Oficina de Extranjería de la Comisaría General de Extranjería y se debe presentar junto con una serie de documentos.

Autorización de Regreso

¿Cuándo no podrás pedir un permiso de regreso?

  • Cuando eres solicitante inicial de una autorización de estancia o residencia en España y la misma no ha sido aún resuelta por las autoridades de migración en España.
  • Tampoco concederán la autorización de regreso a los extranjeros sobre los que se tenga una prohibición de salida de España o una limitación de su libertad de circulación acordada por un Tribunal con carácter cautelar o en un proceso de extradición.

¿Qué documentos necesito para la autorización de regreso para extranjeros?

  • Documento de solicitud de Autorización de regreso (Modelo EX13) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante.
  • Copia del pasaporte completo o cédula de inscripción y título de viaje en vigor.
  • Copia de la solicitud de renovación o prórroga de la autorización o de la tarjeta de identidad de extranjero, o resguardo acreditativo de su presentación.
  • En el supuesto c) (tener concedida autorización inicial de residencia o estancia y tener en trámite la tarjeta de identidad de extranjero): documentación acreditativa de que el viaje responde a una situación de necesidad y concurren circunstancias excepcionales.

Si los documentos son extranjeros, debes tomar en cuenta

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

Procedimiento de solicitud

Cita previa para la autorización de regreso a España

¿Quién puede realizar la solicitud?

 El sujeto legitimado para solicitar la autorización es el extranjero, personalmente. Salvo los siguientes casos:

  • Minoría de edad o incapacidad del extranjero en el que la autorización de regreso podrá ser recogida por su representante legal.
  • Concurrencia en el extranjero de una imposibilidad acreditada de comparecencia personal (por enfermedad o impedimento físico transitorio acreditados mediante certificado médico o informe hospitalario suscrito por médico colegiado); en este caso, se podrá acudir a un poder notarial de representación.

Tasas a Pagar para autorización de regreso

Tasa 790-052 si se tramita en Extranjería o el modelo 790-012 si se realiza en la Policía

¿Cuanto tarda la expedición de autorización de regreso?

  • La autorización de regreso tendrá una vigencia no superior a 90 días contados:
    • Si la autorización de residencia o estancia no está en periodo de renovación, desde la fecha de concesión.
    • Si la autorización de residencia o estancia está en periodo de renovación:
      • Desde la fecha de caducidad de la autorización, si se solicita antes de que caduque.
      • Desde la fecha de concesión, si se solicita después de la caducidad de la autorización.
  • La autorización de regreso se podrá utilizar para todas las salidas y el posterior retorno que se precisen durante la vigencia de la autorización.

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