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Razones Humanitarias. ¿prorrogar o modificar? he allí el dilema

En la actualidad son muchos los venezolanos que cuentan con la TIE por razones humanitarias y tienen muchas dudas sobre prorrogar o modificar su residencia legal en España, continuamente nos hacen esa pregunta.

¿Qué es la residencia por Razones humanitarias?

Actualmente en España hay una situación particular para las personas venezolanas que han solicitado protección internacional en España, ya que éste país ha tomado la decisión de denegar en forma masiva el asilo (casi siempre por falta de pruebas), pero les han concedido la Residencia por Razones de Protección Internacional Humanitaria y en consecuencia, la TIE por razones humanitarias.

¿Quieres saber más sobre solicitar ASILO en España?

Lo anterior quiere decir que aquellas personas que tenían un régimen de “tarjeta roja”  les llega la denegatoria del asilo, pero en la misma resolución se les concede la Residencia por Razones Humanitarias, similar a otras concedidas por circunstancias excepcionales y son tarjetas cuya duración es para un (1) año de residencia legal en España.

¿Qué significa tener residencia?

Si ya cuentas con un acto administrativo formal que te concede residencia en España por Razones Humanitarias, luego del segundo año de residencia ininterrumpida en España, tendrás el derecho a solicitar la nacionalidad española por residencia. 

La Ley establece que si continúan las circunstancias que dieron lugar a la residencia por protección internacional, puede pedirse su prórroga, pero en el caso de los venezolanos, el gobierno español decidió aprobar las prórrogas masivamente sin necesidad de solicitarlas.

En base a lo anterior, desde febrero de 2020 y hasta la fecha basta con solicitar la cita de toma de huellas, llenar el formulario y pagar la tasa para tener la prórroga.

¿Cuando nace el derecho a modificar la residencia por razones humanitarias a residencia de trabajo por cuenta ajena o propia?

Cuando tienes más de un (1) año de residencia y para el caso que nos ocupa Residencia por Razones Humanitarias, tienes la opción de modificarla y pasar al régimen general (por trabajo).

Es aquí precisamente donde nace el dilema porque la persona debe decidir que es lo que más le conviene a sus intereses.

Como despejar el dilema de modificar o prorrogar tu TIE por residencia de razones humanitarias.

Antes de aclarar el dilema queremos dejar claro que el propósito de éste artículo, es sólo indicar beneficios y contras de ambos regímenes, ello por cuanto la decisión siempre será personal del residente en función a sus intereses.

Prórroga de la tarjeta

Beneficios
  • Está basado en el informe de ACNUR del Alto Comisionado para las Naciones Unidas y la decisión del gobierno. Prórroga automática
  • No es necesario estar trabajando para mantenerla.
  • No piden requisitos salvo que permanezcan las circunstancias.
Contras
  • Es una decisión política que puede variar en cualquier momento.
  • Para ser coherente con la solicitud que dio origen a la residencia, no consideramos prudente visitar Venezuela mientras cuentes con este tipo de tarjeta.

Modificación de la tarjeta

Beneficios
  • No estás atado a decisiones políticas, dependes sólo de ti y de tu trabajo.
  • Puedes viajar a cualquier lado INCLUSO Venezuela. (*)
Contras
  • La tarjeta depende siempre de permanecer trabajando  por cuenta ajena o de alta como autónomo, es decir, vinculada a la situación de empleo en España.
  • Requiere solicitud, cumplimiento de requisitos y un acto administrativo que la conceda.

(*) Para efectos de solicitar la nacionalidad no puedes estar fuera de España por más de 60 días por año, de lo contrario comenzará nuevamente el lapso (de 2 años) para realizar tu solicitud. Igualmente las Tarjetas de residencia temporal, cualquiera que sea, se extinguen si pasas más de 6 meses fuera de España.

¿Qué recomendamos en nuestro despacho?

En primer lugar te recomendamos prorrogar (siempre que te convenga), porque a la fecha es un derecho que te ha concedido España, no te piden trabajar y/o haber trabajado o requisito alguno, por eso podría ser más conveniente prorrogar primero y después pensar en la modificación de tu residencia. De esa manera no corres el riesgo de que en caso de denegatoria de la modificación te quedes sin residencia por no haberla prorrogado dentro del lapso legal.

Finalmente, te indicamos que si ya pensaste tus opciones y quieres realizar la modificación de tu residencia, cuentas con nuestro despacho para realizar tu trámite de forma telemática.

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