Recientemente se ha producido una denegación masiva de asilo en España y muchas personas, a quienes les han notificado RESOLUCIÓN de expediente de su asilo, negándoles también Protección Internacional Humanitaria, se encuentran en situación de ALTA en la Seguridad Social. Ellos nos preguntan: ¿Puedo pedir arraigo social teniendo el asilo y la humanitaria denegados?
Previamente hemos dado respuesta a la pregunta ¿Qué hacer si me niegan el asilo político España? y básicamente tenemos tres (3) opciones (Actualizado con sentencia Arraigo Laboral Abril 2021):
Contenido
Arraigo Laboral (Actualización Abril 2021)
En una resiente sentencia del Tribunal Supremo, de abril 2021, permite solicitar el arraigo laboral cuando has trabajado en España legalmente, en efecto, para aquellas personas que tienen asilo denegado o para quienes han perdido su condición regular en España, por ejemplo por haber contado con residencia como familiar de comunitario, arraigos y que han trabajado de forma legal en España con alta en la Seguridad Social, se ha abierto una posibilidad de regularización.
Recurso Potestativo de Reposición
Consiste en un recurso administrativo que se presenta en sede administrativa (ante el mismo órgano que dictó el acto) con el cual se recurre de la resolución, que es el acto administrativo que deniega tu solicitud de asilo. Para ejercerlo tienes solo un (1) mes desde que hayas sido notificado de la resolución. Por eso hay que estar pendientes de revisar el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Recurso Contencioso Administrativo
A diferencia del anterior, esta es una acción judicial contra el acto administrativo (la Resolución) y tienes dos (2) meses para interponerlo ante la Audiencia Nacional (contados desde la notificación). Por ser éste es un verdadero juicio, en él podrías solicitar como medida cautelar o de protección, la suspensión de los efectos del acto administrativo, muy especialmente la orden de salida del país y además, si estás trabajando, que se te permita continuar haciéndolo legalmente. El acuerdo de ese tipo de medidas dependerá del criterio del Juez que conozca del caso, pero es una posibilidad valiosa, y solo puede pedirse en un recurso judicial.
Una vista rápida al Arraigo Social
El Arraigo Social es una autorización de residencia temporal por razones excepcionales que se otorga en España a personas que pueden demostrar al menos tres (3) años de permanencia ininterrumpida en España, aún en condición irregular y la manera de demostrar tal situación es, básicamente, con el empadronamiento.
Se encuentra regulado en la Ley y en este artículo no profundizaremos sobre el mismo, solo responder la pregunta inicial:
¿Puedo pedir arraigo social teniendo asilo denegado?
Conoces perfectamente tus opciones, a saber: ejercer recursos o pedir el arraigo social. Nuestra recomendación si tienes una respuesta desfavorable a tu solicitud de asilo, estés trabajando o no, es:
Hacer el recurso contencioso administrativo contra la denegación del asilo sin concederte tampoco residencia por razones humanitarias; por lo siguiente:
- Si en la Resolución se te indica que debes salir del país, corres el riesgo de tener que enfrentar un procedimiento de expulsión.
- Otro de los efectos del asilo denegado, es que si estás trabajando tu empleador tendría que darte de baja en la Seguridad Social.
- ¿Podrías presentar el arraigo social con el mismo contrato con el cual venías trabajando legalmente antes de la denegatoria? NO, porque el criterio de la Oficina de Extranjería es que ese contrato quedó sin efectos, precisamente porque ya no cuentas con una autorización para trabajar. Algo distinto es pedir el arraigo social sin renunciar a la solicitud de asilo, mientras todavía se tiene autorización para trabajar, ANTES de ser notificado de la denegatoria, que eso sí se puede desde el 2020 por el cambio de criterio.
- Si optas por realizar el recurso contencioso contra la denegatoria, podrás solicitar una medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo y ello podría permitirte mantener tu actual empleo (si el Tribunal lo concede).
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Y a estas alturas te preguntarás ¿teniendo más de 3 años en España pierdo la posibilidad de solicitar arraigo social o cualquier otra forma de residencia en España?
Definitivamente, no pierdes ningún derecho, siempre podrás regularizar tu situación migratoria en España con cualquiera de las formas de residencia, inclusive el arraigo social, el problema es que para que no sea desestimado esta última opción, necesariamente deberás darte de baja y presentar tu solicitud cumpliendo todos los requisitos y muy especialmente presentando una nueva OFERTA DE TRABAJO y no tu contrato precedente.
Insistimos los mejor es que busques asesoría profesional para que explores tus opciones.